Opinion y Salud

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Derechos renovados para los consumidores del país

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Con la nueva Ley 1480 de 2011, se actualiza el Estatuto del Consumidor, donde se estipula claramente cuál es el rol de los distribuidores, productores y consumidores y cuáles son las responsabilidades que tiene cada uno a la hora de ofrecer y/o adquirir determinado producto.

Desde el 12 de octubre se actualizó el Estatuto del Consumidor, documento que regula las libertades y condiciones a tener en cuenta por proveedores, productores y comercializadores de productos a nivel nacional.

En este documento se estipula que el consumidor deberá conocer todas y cada una de las características de los productos que vaya a adquirir; componentes, modos de conservación, utilidades, etc.

Para garantizar la efectividad de estos productos, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA, se encargará de expedir los respectivos registros sanitarios, conforme a lo convenido en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993.

Asimismo, se estipula que si algún miembro de la cadena de distribución, se entera de que por lo menos uno de sus productos tiene algún defecto, deberá parar la producción y comercialización del mismo, comunicar el error durante los siguientes tres días, a la entidad que el Gobierno indique.

Se indica además que el consumidor solo deberá pagar el precio sugerido al público, que viene en la etiqueta del producto, los cargos adicionales al precio deberán ser argumentados ante las autoridades competentes y si el consumidor observa que hay una enmendadura o tachadura del precio y este es reemplazado por otro, podrá quejarse ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

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